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El femicidio de Deisy en Lambaré expone graves fallas judiciales para proteger a víctimas de violencia

No obstante, el dictamen judicial quedó reducido a una disposición meramente declarativa.

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El brutal femicidio de Deisy Paola Jiménez, una joven estudiante de Derecho de 22 años que fue asesinada en plena vía pública en la ciudad de Lambaré, ha desatado una profunda conmoción social en Paraguay y reavivó los cuestionamientos sobre la inoperancia de los mecanismos institucionales destinados a resguardar a las víctimas de violencia de género. Pese a haber recurrido a los canales formales y contar con una orden judicial de restricción de acercamiento, la desarticulación estatal dejó desamparada a la víctima frente al accionar premeditado de su agresor.

El caso cobró una enorme repercusión pública tras la difusión de registros de cámaras de seguridad que captaron el momento exacto en que la joven fue interceptada y atacada a balazos. La tragedia se inscribe en un contexto alarmante para el país vecino, donde ya se contabilizan 21 femicidios consumados y al menos 29 tentativas registradas entre enero y mediados de octubre de 2026, lo que evidencia un patrón sistemático de violencia machista y debilidad preventiva por parte de los organismos de aplicación de la ley.

En declaraciones a medios regionales, la periodista paraguaya Judith Colecza analizó el impacto social de las imágenes y la indignación generalizada ante la desidia de los organismos encargados de velar por la integridad de quienes denuncian. La comunicadora fue categórica respecto a la desconexión existente entre las sedes judiciales y la realidad cotidiana de las denunciantes:

“Quedó al descubierto que, pese a las denuncias que hacen las mujeres, pese al pedido de auxilio que significa denunciar, no existen respuestas”.

Deisy Paola Jiménez sostenía dos empleos en simultáneo para costear sus estudios en la carrera de Derecho y se encontraba a solo dos meses de graduarse. Tras haber puesto fin a una relación sentimental de cinco años, la joven comenzó a padecer un esquema constante de agresiones verbales, intimidaciones y hostigamiento sistemático. Ante la escalada del peligro, el 18 de septiembre acudió formalmente a un Juzgado de Paz para solicitar auxilio legal e interponer medidas cautelares.

No obstante, el dictamen judicial quedó reducido a una disposición meramente declarativa. La orden de exclusión y prohibición de acercamiento emitida por la jueza interviniente nunca fue comunicada formalmente ni coordinada con las comisarías y dependencias operativas de las Fuerzas de Seguridad, lo que impidió cualquier tipo de patrullaje preventivo o esquema de custodia en torno a la denunciante.

Al respecto, Colecza describió con crudeza el desamparo al que fue sometida la estudiante tras abandonar la sede tribunalicia:

“Le dieron definitivamente la hoja donde decía ‘tomá, tené acá una medida restrictiva’, pero ella sola no podía hacer absolutamente nada, nadie evitó que su agresor de todos modos siguiera acechándola, hostigándola. Ella estaba sola, nadie estaba allí para protegerla ni para acompañarla y la Policía no podía hacer nada porque no existió una disposición por parte del juzgado o un aviso pidiéndoles a los agentes de la comisaría jurisdiccional que acompañen a la joven”.

Aprovechando la ausencia total de resguardo policial, el hostigador, que operaba con múltiples líneas de telefonía móvil para eludir los bloqueos de comunicación implementados por la víctima, vigiló sus movimientos diarios. Conociendo al detalle sus rutinas, el hombre la esperó y la emboscó en la vía pública durante el trayecto de traslado entre su primer y segundo puesto de trabajo.

Tras cometer el crimen, el sospechoso se dio a la fuga, pero fue capturado al día siguiente mediante un procedimiento a cargo del Departamento de Investigación de Homicidios de la Policía Nacional. Durante las diligencias iniciales, el atacante confesó haber efectuado los disparos mortales, aunque intentó justificar su accionar a través de una versión inverosímil que quedó rápidamente desvirtuada por las pruebas fílmicas incorporadas a la causa.

Al evaluar la estrategia exculpatoria del imputado, Colecza remarcó la gravedad del planteo esgrimido ante los agentes:

“Él argumentó que supuestamente cometió el crimen cuando en realidad se fue para un diálogo, pero se fue armado, y que ella se asustó y entonces él también en ese susto termina efectuando el primer disparo, pero después la remata. Imagínense hasta qué punto llega la distorsión de esta persona”.

Exigencias de sanción a la jueza y proyectos sin avance

La crudeza de la agresión y la evidencia irrefutable del abandono estatal motivaron marchas, concentraciones y expresiones de repudio en distintos puntos del territorio paraguayo. En Lambaré, los vecinos y allegados de la víctima transformaron la escena del ataque en un espacio de memoria y reclamo de justicia mediante la instalación de un altar improvisado con velas, flores y pancartas alusivas.

Ante la magnitud de las protestas y el descrédito generado en la opinión pública, la Corte Suprema de Justicia de Paraguay tomó intervención y elevó una solicitud ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados para que se evalúe el desempeño funcional de la jueza de Paz que tramitó el expediente original. La pesquisa busca deslindar responsabilidades directas por la omisión de notificar a la Policía Nacional sobre la restricción dictada.

Sobre la actuación institucional posterior al femicidio, la periodista observó un comportamiento reactivo y limitado:

“Lo único que vimos fue una reacción por parte de los integrantes de la Corte Suprema de Justicia solicitando que el caso de la jueza que había otorgado la medida restrictiva sea sometida al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados”.

Colecza también cuestionó la pasividad del espectro político frente a una problemática que continúa cobrándose vidas a un ritmo alarmante:

“Nos sorprendió que, pese a la gravedad, pese a estas imágenes, pese al impacto que significó en nuestra sociedad, tampoco nuestros legisladores salieron a pronunciarse”.

En el ámbito legislativo, si bien cobró estado parlamentario un proyecto de ley bautizado con el nombre de la víctima que plantea la apertura y dotación de ocho juzgados especializados en materia de violencia contra la mujer, la propuesta permanece estancada en comisiones sin registrar avances concretos en su tratamiento. En paralelo, el debate público coincide con la reciente media sanción a la normativa que prohíbe el matrimonio infantil y elimina cualquier tipo de excepción legal en el país.

En el plano penal, la legislación paraguaya contempla sanciones severas para este tipo de delitos, aunque persisten serias dudas sobre la rigurosidad efectiva en el cumplimiento penitenciario. Frente a la expectativa de pena que pesa sobre el confeso femicida, Colecza detalló:

“Cuando una mujer es asesinada en nuestro país por su condición de mujer, se le aplica la máxima condena que es la de 30 años más la posibilidad de 10 años de medidas de seguridad, entonces podríamos hablar de un total de 40 años, pero acá existen demasiadas concesiones”.

Diversos colectivos de la sociedad civil, organizaciones de derechos humanos y medios de comunicación reiteran que el endurecimiento punitivo resulta insuficiente si el aparato judicial no transforma sus procedimientos en herramientas de prevención real y temprana. Como sentenció Colecza al resumir la falla estructural del sistema:

“Pareciera ser la práctica de investigar y tratar de solucionar cuando ya ocurrió, pero no así prevenir”.

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