Policiales
Condenaron a 25 años de prisión a «Brasilerito» por el crimen de Nazareno Faeir en Fracrán
El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó a Levi Necke Da Silva a 25 años por el asesinato de Nazareno Faeir en Fracrán.
El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó este mediodía a Levi Necke Da Silva, conocido como «Brasilerito», a 25 años de prisión por el asesinato de Nazareno Adrián Faeir. El hecho ocurrió en la localidad de Fracrán, Misiones, y el falló coincidió con el pedido de la fiscalía, que consideró que no había dudas sobre su culpabilidad.
Los jueces Horacio Paniagua, David Ezequiel Milicich y Jorge Villalba dictaron la sentencia y ordenaron el traslado inmediato del condenado a la Unidad Penal de Cerro Azul para cumplir la pena. Durante el cierre del juicio, el fiscal Juan Pablo Fernández Rissi sostuvo que las pruebas eran contundentes: las huellas dactilares halladas en la ventana de la vivienda de Faeir y las lesiones que presentaba el acusado al momento de su detención, que evidenciarían una lucha con la víctima en un intento de defensa.
Para el Ministerio Público, la coartada del imputado no se sostuvo. Necke Da Silva mencionó a una mujer que luego negó haber estado con él, y además fue encontrado oculto debajo de la casa donde alquilaba. «No hay dudas», afirmó el fiscal, desacreditando cada uno de los intentos del acusado por desvincularse del crimen.
Un testimonio clave fue el de Sergio Omar Da Silva, quien relató que el condenado le confesó el asesinato. Según su declaración, Necke Da Silva le había advertido previamente que iría a buscar a Faeir por una moto y que, en caso de no obtenerla, lo mataría. Ante la negativa de Sergio de trasladarlo, fue Santiago Espíndola quien finalmente llevó al homicida hasta la escena del crimen.
Por su parte, la defensa, a cargo de Humberto Gales, pidió la absolución argumentando que no existía «certeza probatoria» ni «certeza profunda». Gales sostuvo que las huellas solo demostraban que su asistido pudo haber estado en el lugar, pero no que hubiera disparado, y cuestionó que Sergio Omar Da Silva y Santiago Espíndola declararan como testigos cuando, a su criterio, deberían haber sido imputados. El defensor solicitó sin éxito la aplicación del principio «in dubio pro reo».
Finalmente, el Tribunal ordenó remitir actuaciones a las fiscalías de instrucción de San Vicente y Oberá para investigar a Sergio Omar Da Silva por posible participación en el homicidio y a Santiago Espíndola por presunto falso testimonio y otros delitos de acción pública. Sobre Espíndola pesan sospechas de haber trasladado al asesino y testimonios que lo señalan como un sujeto peligroso que circulaba armado, lo que abre una nueva línea de investigación en la causa.
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