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Atención. ANSES confirmó los depósitos de octubre para después del feriado: cuándo cobran los pensionados con DNI terminados en 2, 3, 4 y 5

¿Cuáles son los requisitos para cobrar una Pensión No Contributiva?

Publicado

en

María Gracia López Tóffoli

ANSES confirmó calendario de pagos para PNC: cuándo cobran los DNI terminados en 2, 3, 4 y 5

¿Cuánto dinero reciben los beneficiarios de PNC?

¿Cuáles son los requisitos para cobrar una Pensión No Contributiva?

La Administración Nacional de la Seguridad Social ( ANSES ) publicó el calendario de pagos correspondiente a octubre con las fechas de cobro asignadas para cada titular de jubilación y pensión del país.

En el caso de las Pensiones No Contributivas (PNC) por invalidez laboral y vejez, los depósitos comenzarán a entregarse a partir del jueves 8 de octubre.

El cronograma de pagos de las Pensiones No contributivas correspondiente a octubre ya tiene fechas de inicio y conclusión.

Para quienes estén alcanzados por esta prestación económica, el período de dispersión de recursos iniciará el próximo 8 de octubre y se extenderá hasta el jueves 15 del mismo mes.

Los primeros beneficiarios de este grupo que cobrarán sus haberes serán aquellos con documentos terminados en 0 y 1.

Calendario completo de pagos para PNC

Jueves 8 de octubre: DNI terminados en 0 y 1.

Viernes 9 de octubre : DNI terminados en 2 y 3 .

Martes 13 de octubre : DNI terminados en 4 y 5 .

Miércoles 14 de octubre: DNI terminados en 6 y 7.

Jueves 15 de octubre: DNI terminados en 8 y 9.

Las PNC incluyen distintas prestaciones destinadas a personas que cumplen determinados requisitos y no cuentan con una jubilación o pensión contributiva. Entre las categorías asistenciales, se encuentran las pensiones por Vejez y por Invalidez Laboral .

En octubre, el haber correspondiente a PNC por Invalidez y Vejez quedó establecido en $305.023,96 . Con el bono de $70.000 , la suma asciende a los $375.023,96 .

Para cada categoría de PNC se establecen una serie de condiciones y requisitos particulares. En el caso de la PNC por Vejez , se encuentra destinada a personas de 70 años o más que no cuentan con cobertura previsional o no contributiva.

Por su parte, la PNC por Invalidez Laboral , está dirigida a personas que no pueden trabajar por razones de salud y se encuentran en situación de vulnerabilidad social. Quienes estén en la búsqueda de aplicar, deben acreditar una incapacidad laboral del 66% o más mediante el Certificado Médico Oficial.

Requisitos para cobrar la PNC por Vejez

Tener 70 o más años de edad.

Ser argentino nativo o naturalizado, residente en el país. En este último caso debe haber residido en el país al menos durante 5 años antes de realizar la solicitud.

Las personas extranjeras deben haber residido en el país al menos durante 40 años antes de realizar la solicitud.

No cobrar, ni el titular ni su cónyuge, una jubilación, pensión o retiro de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen previsional.

No poseer bienes, ingresos ni recursos de otra naturaleza que permitan su subsistencia y la de su grupo familiar conviviente, ni parientes obligados a prestar alimentos.

No encontrarse detenido a disposición de la Justicia.

En el caso de un matrimonio, la pensión por vejez se tramitará solamente en favor de uno de los cónyuges.

La ausencia definitiva del país hará perder el derecho al beneficio, desde el momento en que se tome conocimiento de ello.

Requisitos para cobrar la PNC por Invalidez Laboral

Acreditar una incapacidad laboral del 66% o más, mediante el CMO.

Tener hasta 65 años de edad

Ser argentino nativo, o naturalizado, residente en el país.

Si sos extranjero, deberás acreditar una residencia mínima continuada en el país de 10 años. En el caso de solicitantes menores de edad, son los padres o tutores quienes deben acreditar una residencia mínima continuada en el país de 3 años.

Si sos extranjero, deberás acreditar una residencia mínima continuada en el país de 10 años.

En el caso de solicitantes menores de edad, son los padres o tutores quienes deben acreditar una residencia mínima continuada en el país de 3 años.

No cobrar jubilación ni pensión.

En caso de solicitantes menores de edad, los ingresos del grupo familiar no pueden superar las 4 jubilaciones mínimas.

Informe catastral con sello del organismo emisor a tu nombre o de tu cónyuge/conviviente. Si sos menor, a nombre de tus padres o tutor (este requisito es solo para residentes en Santiago del Estero, Santa Cruz, San Luis, La Pampa, Neuquén o Tierra del Fuego).

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